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Haz que tu empresa cumpla con las obligaciones fiscales de la manera correcta. Una planificación tributaria adecuada, permite evitar costos innecesarios y obtener el máximo beneficio de las disposiciones vigentes.
Declaración Anual de Renta (F22) para empresas y capitales propios.
Declaración y Pago de IVA (F29), retenciones, impuestos adicionales, etc.
Iniciación de Actividades ante el SII para empresas y personas naturales.
Obtención de RUT y Patente Comercial según tu domicilio fiscal.
Devolución de IVA para exportadores.
Implementación de Factura Electrónica con asesoría tecnológica.
Emisión de Certificados y presentación de declaraciones juradas.
Términos de giro y declaración de quiebra.
¿Necesitas este servicio?
CotizarEs la comunicación que debe realizar un contribuyente, mediante una declaración jurada formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos sobre el comienzo de cualquier tipo de negocio. Este trámite deben realizarlo las personas naturales, sociedades y entes con y sin personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial o profesional.
La carpeta tributaria muestra el historial de las obligaciones tributarias de la empresa. Es un documento electrónico que se puede descargar y/o generar una autorización a un tercero para su visualización mediante un mandato. Las carpetas tributarias se utilizan generalmente para solicitar créditos bancarios, para acreditar rentas y tamaño de empresas. A su vez, se pueden crear de forma personalizada, para ejecutar algún trámite en específico.En este documento se puede visualizar la realidad económica y financiera de la empresa, relacionada a las obligaciones tributarias.
El término de giro corresponde a un aviso por escrito y con carácter formal que debe hacer ante el Servicio de Impuestos Internos toda persona natural o jurídica cuando pone término a su giro comercial o industrial, debiendo, a través de este acto, regularizar sus obligaciones tributarias pendientes, incluido el pago de impuestos que resulte de su balance de término de giro. Este trámite debe ser realizado por todos aquellos contribuyentes que terminen o cesen sus actividades y que dejen de estar afectos a impuestos.
Lo que nos hace diferentes a la competencia.
Buscamos ser un apoyo continuo y proactivo en tus temas administrativos.
Podrás comunicarte con alguno de nuestros profesionales en todo momento.
Más de 10 años de experiencia y cientos de clientes satisfechos nos avalan.